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Trámites

Trámite digital
La Ley 17.288, según lo indicado en el título IV artículo 17° que señala “Son Monumentos Públicos y quedan bajo la tuición del Consejo de Monumentos Nacionales, las estatuas, columnas, fuentes, pirámides, placas, coronas, inscripciones y, en general, todos los objetos que estuvieren colocados o se colocaren para perpetuar memoria en campos, calles, plazas y paseos o lugares públicos”.
Categorías:
Monumentos Públicos
Trámite digital
Ley 17.288, según lo indicado en el título IV Artículo 17° que señala “Son Monumentos Públicos y quedan bajo la tuición del Consejo de Monumentos Nacionales, las estatuas, columnas, fuentes, pirámides, placas, coronas, inscripciones y, en general, todos los objetos que estuvieren colocados o se colocaren para perpetuar memoria en campos, calles, plazas y paseos o lugares públicos”.
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Monumentos Públicos
Trámite digital
La Ley 17.288, según lo indicado en el título IV artículo 17° que señala “Son Monumentos Públicos y quedan bajo la tuición del Consejo de Monumentos Nacionales, las estatuas, columnas, fuentes, pirámides, placas, coronas, inscripciones y, en general, todos los objetos que estuvieren colocados o se colocaren para perpetuar memoria en campos, calles, plazas y paseos o lugares públicos”.
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Monumentos Públicos
Trámite digital
Con el propósito de contribuir en el proceso de reparación y reconstrucción del patrimonio nacional protegido por la Ley 17.288, afectado por los numerosos incidentes que se han desarrollado en el contexto de la crisis social de octubre de 2019, el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) consideró necesario establecer un procedimiento expedito para la aprobación de obras específicas y acotadas
Categorías:
Monumentos Históricos, Zonas Típicas
Trámite digital
En este trámite usted podrá solicitar autorización de intervención para Monumento Histórico Mueble o para Monumento Histórico Inmueble, en solicitudes por separado.
Categorías:
Monumentos Históricos
Trámite digital
  Para realizar intervenciones dentro de una Zona Típica o Pintoresca, se deberá presentar ante el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) un expediente técnico para su análisis y resolución, según lo indicado en el título VI, artículo 30° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales, que señala:
Categorías:
Zonas Típicas
Trámite digital
Este trámite contempla los requisitos necesarios para gestionar la solicitud de permiso correspondiente a cualquier tipo de intervención en localidades o yacimientos paleontológicos al interior del territorio nacional.
Categorías:
Monumentos Paleontológicos
Trámite digital
  Los trabajos de prospecciones con intervención arqueológica, paleontológica y/o excavaciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, en terrenos públicos o privados, deberán contar con la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales (Ley 17.288 - Reglamento DS 484 de 1990).
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Monumentos Arqueológicos
Trámite digital
  El objetivo de este trámite es la obtención del informe favorable del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y la emisión, por parte de este organismo, la solicitud al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, la dictación de decreto que autorice la extracción del territorio nacional de bienes en el marco del artículo 43° de la Ley 16.441 de 1966.
Categorías:
Monumentos Históricos
Trámite digital
  Para solicitar permisos de salida de muestras arqueológicas/paleontológicas al extranjero, se deberá presentar ante el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) los antecedentes técnicos para su análisis y resolución.
Categorías:
Monumentos Arqueológicos, Monumentos Paleontológicos
Trámite digital
  En el siguiente trámite podrán realizar una solicitud de traslado de Monumento Histórico dentro de Chile, como se menciona en la Ley 17.288, “Artículo 11° Los Monumentos Históricos quedan bajo el control y la supervigilancia del Consejo de Monumentos Nacionales y todo trabajo de conservación, reparación o restauración de ellos, estará sujeto a su autorización previa.
Categorías:
Monumentos Históricos
Trámite digital
Para solicitar esta autorización, se deberá presentar ante el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) los antecedentes técnicos para su análisis y resolución. Según lo indica el título VII, artículo 31, de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales: “No se podrá, sin la autorización previa del Servicio, iniciar en ellos trabajos de construcción o excavación, ni desarrollar actividades como pesca, caza, explotación rural o cualquiera otra actividad que pudiera alterar su estado natural”
Categorías:
Santuarios de la Naturaleza
Cualquier  persona o institución, ya sea pública o privada, puede solicitar al Consejo de Monumento Nacionales (CMN) que un bien mueble o inmueble, o un determinado sector, barrio o lugar sea declarado Monumento Nacional en sus categorías de Monumento Histórico o Zona Típica, aportando los antecedentes que eventualmente permitan declararlo como tal, en virtud de lo que indica la Ley N° 17.288 y sus reglamentos asociados, Reglamento de Zonas Típicas o Pintorescas y Resolución Exenta 1312 del 2020 que establece antecedentes para expediente de Monumentos Históricos.
Categorías:
Monumentos Históricos, Zonas Típicas
Trámite digital
Formulario de denuncia de presunto daño a monumento nacional o infracción a la ley 17.288 de monumentos nacionales  
Categorías:
Monumentos Históricos, Monumentos Públicos, Zonas Típicas, Monumentos Arqueológicos, Santuarios de la Naturaleza, Monumentos Paleontológicos